Si estás leyendo este post seguramente sea por qué estas
buscando en la red como contabilizar una modificación que se ha producido en un
pasivo financiero, la información que yo he podido encontrar es escasa, con
este post se reflejan mis conclusiones sobre el tema.
Estas modificaciones son fruto de negociaciones con las
entidades financieras y vienen motivadas por la imposibilidad de la empresa de
hacer frente a sus obligaciones en las condiciones actuales. Partimos del caso
en el cual una empresa tiene una deuda contraída con un acreedor, normalmente
una entidad financiera, y está procede a modificar las condiciones de este
préstamo para facilitar el pago por la empresa y por tanto evitar el impago.
Para empezar resultaría adecuado leer la norma de registro y
valoración novena, relativa a instrumentos financieros, en particular el
apartado 3.1 relativo a pasivos financieros y partidas a cobrar, centrándonos en
la valoración inicial, posterior y baja de pasivos financieros.
Como vemos, no siempre una modificación en la condiciones de
una deuda darán lugar a la baja de la misma y al reconocimiento de otra, para
ello como vemos, es necesario que con el cambio se produzca una modificación
sustancial de las condiciones de las obligaciones que deben ser objeto de baja
y alta.
Para que la modificación se considere sustancialmente
diferente el valor actualizado de los flujos de efectivo del nuevo pasivo debe
diferir en más de un 10% de los del antiguo pasivo. Cuando esta modificación
puede considerarse sustancial procedemos a la baja del antiguo pasivo
financiero y el alta de el nuevo contabilizando un ingreso por la diferencia.
Si la modificación no alcanza la categoría de sustancial tan
solo valoraremos a coste amortizado el pasivo financiero que ya existe.
Podemos pensar, que una empresa que este atravesando dificultades financieras con una mejora en
las condiciones de sus pasivos no solamente consiga mejorar la liquidez y por
lo tanto la viabilidad futura de la empresa si no también una mejora directa en
los resultados del ejercicio, pero para ello, como hemos dicho anteriormente,
la modificación en las condiciones debe ser sustancial, lo que en la práctica
es bastante complicado ya que implicaría modificaciones sustanciales no solo en
el interés directo pagado sino también en quitas.
Ejemplo 1:
La empresa tiene un préstamo concedido con una entidad
financiera, el préstamo fue concedido por importe 100.000 euros, con unos
gastos de 500 euros y un interés del 5%, nos encontramos a principios del año
X2, la empresa pago a finales del año X1 la cuota correspondiente a ese año,
debido a las dificultades financieras que atraviesa negocia con la entidad
financiera y consigue que un vez pagada la cuota del año X1, una quita de
3.900,17, el saldo vivo del préstamo para la entidad financiera quedaría por lo
tanto en 59.000, y una bajada de interés hasta el 3%. El cuadro de amortización
bancario sería el siguiente:
CAPITAL
INICIAL
|
PENDIENTES
|
CUOTA
|
%
|
INTERES
|
AMORTIZACION
|
CANCELACION
|
CAPITAL
FINAL
|
||
31/12/X0
|
100.000,00
|
5
|
23.097,48
€
|
5,00%
|
5000,00
|
18.097,48
€
|
81.902,52
€
|
||
31/12/X1
|
81.902,52
€
|
4
|
23.097,48
€
|
5,00%
|
4095,13
|
19.002,35
€
|
62.900,17
€
|
||
31/12/X2
|
59.000,00
€
|
3
|
20.858,29
€
|
3,00%
|
1770,00
|
19.088,29
€
|
39.911,71
€
|
||
31/12/X3
|
39.911,71
€
|
2
|
20.858,29
€
|
3,00%
|
1197,35
|
19.660,94
€
|
20.250,77
€
|
||
31/12/X4
|
20.250,77
€
|
1
|
20.858,29
€
|
3,00%
|
607,52
|
20.250,77
€
|
0,00 €
|
||
La nuevo cuota que nos ira cargando el banco será por lo
tanto de 20.858,29, debemos actualizar estos flujos de caja y compararlo con el
valor actual del pasivo financiero que es de 62.686,74, la tasa de
actualización que debemos utilizar será el interés del pasivo original, 5%. El
valor actual es de 56.802,31, la diferencia es por lo tanto del 9,38%, por lo tanto deberemos calcular de
nuevo el cuadro de amortización contable y no dar de baja el pasivo antiguo y
de alta el nuevo.
El cuadro sería el siguiente:
CONTABLE
|
pago
|
%
|
INTERES
|
AMORTIZACION
|
PENDIENTE
|
||
31/12/X0
|
0,000
|
-0,09%
|
0,00
|
0,00
|
0,00 €
|
||
31/12/X1
|
62686,74
|
-62686,740
|
--0,09%
|
0,00
|
-62686,74
|
62.686,74
€
|
|
31/12/X2
|
-20.858,29
€
|
20858,291
|
-0,09%
|
-55,95
|
20914,24
|
41.772,50
€
|
|
31/12/X3
|
-20.858,29
€
|
20858,291
|
-0,09%
|
-37,28
|
20895,57
|
20.876,92
€
|
|
31/12/X4
|
-20.858,29
€
|
20858,291
|
-0,09%
|
-18,63
|
20876,92
|
0,00 €
|
|
-111,87
|
0,00
|
Durante el resto de vigencia del préstamo, tendremos que ir
contabilizando un ingreso financiero o disminuir el gasto financiero, ya la tae
de la operación sería negativa tras las modificaciones.
El asiento sería el siguiente:
20.914,24……. (520) DEUDAS A C/P ENTIDADES DE CRÉDITO
A
BANCO C/C (572)………..20.858,29
INTERESES DEUDAS ENTIDADES DE CRÉDITO (6623)…55.95
Como vemos a pesar de que la modificación es bastante
importante, se baja el interés un 2% y una quita del principal de 3.900,17
euros, no puede considerarse como sustancial
En conclusión, podemos decir, que solo una modificación
sustancial de las condiciones de un pasivo financiero, dará lugar a la baja del
mismo con el consiguiente efecto inmediato en la cuenta de pérdidas y
ganancias, apareciendo un ingreso que es el resultado de la mejora conseguida
en las condiciones del pasivo financiero.
Cuando la modificación en las condiciones no puede considerarse como
sustancial, la mejora se va imputando a resultados a medida que el pasivo
financiero se va amortizando por la vía de un menor gasto.
Supongamos que ahora la empresa plantea a la entidad
financiera la modificación de las condiciones del préstamo en la siguientes
condiciones, 3% de interés, no se condona deuda y se amplía el periodo de pago
del mismo hasta 31/12/x13, si estas nuevas condiciones son aceptadas por la
entidad financiera el nuevo cuadro suministrado por la entidad financiera será
el siguiente:
CAPITAL
INICIAL
|
PENDIENTES
|
CUOTA
|
%
|
INTERES
|
AMORTIZACION
|
CANCELACION
|
CAPITAL
FINAL
|
|
31/12/X2
|
62.900,17
€
|
12
|
6.319,08
€
|
3,00%
|
1887,00
|
4.432,08
€
|
58.468,09
€
|
|
31/12/X3
|
58.468,09
€
|
11
|
6.319,08
€
|
3,00%
|
1754,04
|
4.565,04
€
|
53.903,05
€
|
|
31/12/X4
|
53.903,05
€
|
10
|
6.319,08
€
|
3,00%
|
1617,09
|
4.701,99
€
|
49.201,06
€
|
|
31/12/X5
|
49.201,06
€
|
9
|
6.319,08
€
|
3,00%
|
1476,03
|
4.843,05
€
|
44.358,01
€
|
|
31/12/X6
|
44.358,01
€
|
8
|
6.319,08
€
|
3,00%
|
1330,74
|
4.988,34
€
|
39.369,67
€
|
|
31/12/X7
|
39.369,67
€
|
7
|
6.319,08
€
|
3,00%
|
1181,09
|
5.137,99
€
|
34.231,68
€
|
|
31/12/X8
|
34.231,68
€
|
6
|
6.319,08
€
|
3,00%
|
1026,95
|
5.292,13
€
|
28.939,54
€
|
|
31/12/X9
|
28.939,54
€
|
5
|
6.319,08
€
|
3,00%
|
868,19
|
5.450,90
€
|
23.488,65
€
|
|
31/12/X10
|
23.488,65
€
|
4
|
6.319,08
€
|
3,00%
|
704,66
|
5.614,42
€
|
17.874,23
€
|
|
31/12/X11
|
17.874,23
€
|
3
|
6.319,08
€
|
3,00%
|
536,23
|
5.782,86
€
|
12.091,37
€
|
|
31/12/X12
|
12.091,37
€
|
2
|
6.319,08
€
|
3,00%
|
362,74
|
5.956,34
€
|
6.135,03
€
|
|
31/12/X13
|
6.135,03
€
|
1
|
6.319,08
€
|
3,00%
|
184,05
|
6.135,03
€
|
0,00 €
|
Esto supondrá un pago anual por 6.319,08, si actualizamos el
valor de estos desembolsos para el periodo de vigencia del préstamo
actualizándolos aplicando la tasa del 5% el valor que obtendremos será de
56.007,61, si lo comparamos con el valor actual del pasivo 62.900,17 vemos que
la diferencia (62.686,74-56.007,61)/56.007,61) no da una diferencia del 10,65%.
En este caso podemos siguiendo la normativa dar de baja el
antiguo pasivo financiero por valor de 62.686,74 y reconocer el nuevo por valor
56.007,61, la diferencia, 6.679,13 sería un beneficio que imputaríamos al
resultado del ejercicio.
Como vemos las implicaciones estratégicas que puede tener
una negociación de un pasivo financiero son importantes, ya que en la medida en
la cual podamos negociar unas condiciones u otras con la entidad financiera
podemos conseguir una mejora inmediata en la cuenta de pérdidas y ganancias del
ejercicio corriente o que esta mejora se materialice en la cuenta de pérdidas y
ganancias en varios años y por lo tanto de forma más lenta.
También señalar que cualquier pasivo financiero debe
valorarse a valor razonable, en los supuesto analizados anteriormente podemos
suponer que el interés del pasivo financiero no se ajusta al mercado y por lo
tanto debemos reconocer el pasivo financiero suponiendo condiciones de mercado,
lo que dará lugar, al considerar un
mayor interés en el mercado que el negociado con la entidad financiera, un
pasivo financiero menor y por lo tanto un mayor beneficio al dar de baja el
antiguo pasivo y reconocer el nuevo. A
mi entender, si el interés es fruto de una negociación con una entidad
financiera, se hace en condiciones de total independencia de la partes, y se
tiene en cuenta la situación financiera de la empresa y el notable riesgo de
impago de la misma, por lo tanto el interés pactado no tienen que ser diferente
del que concedería cualquier otra entidad financiera en las mismas
circunstancias.