Se plantea el siguiente caso, el contribuyente con una base
imponible superior a 24.000 euros (y que por lo tanto no tenía derecho a
deducción de las cantidades depositadas en cuentas ahorro vivienda hasta los
cambios producido a finales 2011) hace un ingreso en una cuenta ahorro vivienda
a mediados del año 2011, en ese momento no era desgravable, cuando se da cuenta
de esa circunstancia cancela la cuenta ahorro vivienda y abre una imposición a
plazo fijo con el saldo de la cuenta ahorro vivienda mas la cantidad que ha
depositado en el año 2011.
En mi opinión tras los cambios producidos a finales del año
2011 y que restauran la deducción sin el límite de base imponible, estas
cantidades depositadas en el año 2011 son perfectamente deducible, en la
legislación se establece claramente que las cantidades depositadas no tienen porqué
tener la denominación de cuenta ahorro vivienda, solo dice que tienen que estar
en cuentas separadas, un plazo fijo por lo tanto podría valer perfectamente.
Tampoco se puede decir que se ha dispuesto de los fondos que
había en la cuenta para otros fines distintos a la adquisición de vivienda,
solo se ha alterado el instrumento financiero en el que se han depositado.
El contribuyente tendría que indicar en su declaración de
renta del año 2011 las cantidades depositadas, la fecha de apertura de la
cuenta ahorro vivienda, la primera ya cancelada y el número de cuenta la
numeración del plazo fijo.
Comento este caso en mi blogs por que estoy seguro que son
muchos los contribuyentes que no depositaron cantidades en sus cuentas ahorro
vivienda por que durante el año 2011 perdieron su derecho a deducción y en
muchos casos optaron por movilizar estos fondos a imposiciones a plazo fijo
buscando una mayor rentabilidad, si constituyeron el plazo fijo por una
cantidad mayor ahora podrían deducir esta cantidad sin ningún problema, seguro
que muchas personas no saben ni que pueden desgravarlo.